Régimen financiero de la diputación general de Aragón.

Publicado el 07/06/1978 (Nº 2)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN
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Texto completo:

En cumplimiento de lo establecido en el articulo 9º del Real Decreto-ley 8 de 1978, de 17 de marzo, por el que se aprueba el régimen preautonómico para Aragón, se acuerda solicitar de las Diputaciones de Huesca, Teruel y Zaragoza una aportación del 150% de sus respectivos presupuestos ordinarios de ingresos, al objeto de poder iniciar las actividades propias del Gobierno de Aragón.